19 de abril de 2024

Resumen de Estatutos

En AANUMA creemos necesario que todos aquellos que se acerquen a esta asociación, ya sea a través de internet o en persona, tengan el conocimiento de nuestros estatutos. Por este motivo presentamos un extracto de los mismos en esta sección para difundir la filosofía de nuestra asociación y para que los derechos para con sus socios y el nudismo sean de conocimiento público.

 Preparando la reunión del equipo de dirección
Preparando la reunión del equipo de dirección

1. Introducción

Con el nombre de Asociación de Amigos del Nudismo en Madrid, se constituyó AANUMA el 2 de noviembre de 2003, legalizándose posteriormente sus estatutos el día dieciséis del mismo mes.

  • AANUMA es una entidad de carácter privado sin ánimo de lucro y sin vinculaciones políticas, sindicales o religiosas. Goza de personalidad jurídica propia y tiene como ámbito de actuación la Comunidad Autónoma de Madrid, aunque nuestras actuaciones puedan extenderse a todo el Territorio Español.

2. Fines y funciones

  • Fomentar el ejercicio del derecho a la desnudez en espacios públicos y privados.
  • Desarrollar su aceptación social y el amparo efectivo de las Administraciones Públicas.
  • Organizar encuentros, actos, jornadas.
  • Servir de interlocutor entre los nudistas y las distintas Administraciones, elaborando propuestas sobre modificaciones legislativas.
  • Proponer y desarrollar todo tipo de actividades educativas, ciudadanas, culturales y deportivas que hagan del Nudismo algo aceptado socialmente.

3. Derechos de los socios

  • Tomar parte con libertad de palabra, en todos los órganos de gobierno y organización de la Asociación, disponiendo de voto en las Asambleas Generales.
  • Estar informado de todas las actividades que se organicen.
  • Elegir y ser elegido miembro de los órganos de gobierno.
  • Participar en los actos sociales y proponer cuantos crea de interés para la Asociación.
  • Exponer cuantas quejas y sugerencias considere oportunas sobre el funcionamiento de la Asociación.

4. Órganos de gobierno y administración

4.1 La Asamblea General de Socios

Es el órgano supremo de gobierno y está formada por la totalidad de los asociados.

  • Se reúne una vez al año dentro del primer trimestre en sesión ordinaria y cuantas veces lo acuerde la Junta Directiva o lo solicite el diez por ciento de los socios de forma extraordinaria. Los acuerdos se toman por mayoría simple de los presentes.
  • En ella se examinan y aprueban la Memoria anual, el estado de cuentas y se propone y elige a los miembros de la Junta Directiva, se fija la cuota, etcétera.
  • Igualmente se conoce la propuesta que hace la Junta Directiva sobre actividades, gastos, etcétera, procediendo a su debate y posterior aprobación.

4.2 La Junta Directiva

Es el máximo órgano ejecutivo de la Asociación.

  • Asume su dirección y administración y está compuesta por Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero y vocales.
  • Ejercen sus funciones durante un mandato de dos años.
  • No reciben ningún tipo de retribución o remuneración por su trabajo y dedicación.
  • Se reúne una vez al mes como mínimo y a ella pueden asistir los Socios que lo deseen, pudiendo participar con voz pero sin voto.
  • Son los encargados de ejecutar los acuerdos de la Asamblea General, encauzar todo tipo de actividades, vigilar el cumplimiento de los Estatutos, recibir las solicitudes de admisión de nuevos socios y confeccionar las memorias, estado de cuentas, proyectos de actividades, presupuestos de ingresos y gastos, etcétera.

5. Tratamiento de datos

Los datos aportados por los Socios y que sean de carácter personal son tratados conforme a lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018.

  • Los Socios tienen derecho a acceder a sus propios datos automatizados, así como el de corregir y cancelar su contenido.
  • Los Socios no autorizan a la Asociación a ceder sus datos de carácter personal a terceros, salvo indicación expresa de los mismos.

6. Régimen de administración

La Asociación tendrá patrimonio propio e independiente, siendo en el momento de su constitución el de 0 € (cero Euros).

  • Se dispondrá de relación actualizada de socios y se llevará una contabilidad que permita obtener la imagen fiel de su patrimonio, del resultado y de su situación financiera, efectuando un inventario de bienes.
  • Los beneficios obtenidos por la Asociación derivados del ejercicio de actividades económicas, incluidas las prestaciones de servicios, serán destinados exclusivamente al cumplimiento de los fines, sin que quepa en ningún caso el reparto entre los asociados ni entre sus cónyuges, ni su cesión gratuita a personas físicas o jurídicas con interés lucrativo.
  • Los recursos de la Asociación están constituidos por las cuotas de los socios, las subvenciones públicas y privadas, los resultados económicos de sus actividades y los donativos, legados y otros de cualquier índole que sean aceptados por la Junta Directiva.

7. Reforma de Estatutos

Podrán modificarse por acuerdo de la Asamblea General Extraordinaria, previa discusión de los asociados del texto alternativo elaborado por la Junta Directiva.


 

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